El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo. Las constituciones de los estados deberán establecer sistemas republicanos, representativos, populares, con base en el principio de la división de poderes.

Cada estado organizará sus poderes conforme a su constitución, pero respetando las bases generales siguientes:

  • Los gobernadores serán electos por votación popular directa.
  • Las legislaturas estatales serán unicamerales.
  • Se fijan requisitos mínimos para ser gobernador, diputado o magistrado.
  • Se regulan las elecciones estatales, con base en principios de equidad y legalidad.
  • Los tribunales estatales serán independientes.
  • Se garantiza que los partidos políticos estatales respeten los principios constitucionales.

Este artículo marca cómo deben funcionar los estados de la República, es decir, cómo deben organizar su gobierno interno. La Constitución les da libertad para hacer su propia constitución local, pero con reglas básicas obligatorias.

Primero, aclara que en cada estado debe haber tres poderes separados: el Ejecutivo (gobernador), el Legislativo (congreso local) y el Judicial (tribunales). Ninguno de estos puede estar concentrado en una sola persona ni fundirse entre sí.

Además, los estados deben ser republicanos, representativos y populares, es decir, el pueblo manda y elige a sus autoridades, y hay reglas claras de gobierno.

Este artículo también establece que los gobernadores deben ser electos por voto directo, que las legislaturas deben ser de una sola cámara, y que los tribunales locales deben ser independientes. También exige que haya reglas para que las elecciones estatales sean justas y que los partidos respeten la ley.

En resumen: el Artículo 116 es el plano arquitectónico de cómo deben estructurarse los gobiernos estatales para que funcionen con democracia, equilibrio de poderes y justicia.