Corresponde al Poder Judicial de la Federación, en los términos de la ley respectiva, dirimir las controversias que, por razón de competencia, se susciten entre los Tribunales de la Federación, entre éstos y los de las entidades federativas o entre los de una entidad federativa y otra.

Este artículo establece que el Poder Judicial Federal es el encargado de resolver los conflictos entre tribunales, ya sea entre:

  • Tribunales federales entre sí,
  • Tribunales federales y estatales,
  • Tribunales de un estado contra otro.

En otras palabras, cuando hay dudas o conflictos sobre quién debe juzgar un asunto (por competencia), el Poder Judicial de la Federación tiene la última palabra.