Artículo 121. La justicia entre estados
Artículo 121 “En cada Estado se dará entera fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros. El Congreso de la Unión determinará, por…
Nuestra versión impresa. Revista con información de México
Artículo 121 “En cada Estado se dará entera fe y crédito a los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todos los otros. El Congreso de la Unión determinará, por…