¿Quién puede proponer una nueva ley? El Artículo 71 lo deja muy claro
Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes o decretos compete:I. Al Presidente de la República;II. A los Diputados y Senadores…
Nuestra versión impresa. Revista con información de México
Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes o decretos compete:I. Al Presidente de la República;II. A los Diputados y Senadores…
«Artículo 69.- A la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo del Congreso, el Presidente de la República presentará un…