«Artículo 68.- Ninguna Cámara podrá abrir sus sesiones ni ejercer sus funciones sin la asistencia de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes de una y otra Cámara deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes hasta completar el quórum.
Los Diputados y Senadores que asistieren a toda una legislatura sin licencia de la Cámara respectiva, sin causa justificada o sin desempeñar alguna comisión de ésta, no podrán ser reelectos para la legislatura inmediata.»
Este artículo pone las reglas sobre cuándo y cómo pueden reunirse legalmente los legisladores para trabajar. Lo primero que aclara es que una Cámara (ya sea la de Diputados o la de Senadores) no puede arrancar labores si no hay al menos la mitad más uno de sus miembros presentes. A eso se le llama “quórum”, y sin eso, cualquier reunión es inválida.
Pero no se pueden quedar cruzados de brazos si no llegan todos. Los que sí se presenten tienen la obligación de llamar a los ausentes para que se complete el número necesario y la sesión pueda llevarse a cabo. Esto busca evitar que por flojera, desinterés o estrategia política, unos cuantos bloqueen el trabajo legislativo.
Además, hay una parte muy interesante: si un legislador asiste a toda una legislatura sin faltar, pero no pidió licencia, no justificó su ausencia ni estuvo en alguna comisión, entonces no podrá ser reelecto para el siguiente periodo. Esto parece extraño, pero tiene una razón: la Constitución busca evitar el “chapulineo”, es decir, que los legisladores se queden por costumbre sin aportar o que quieran reelegirse sin haber tenido un rol activo.
Este artículo, aunque corto, busca algo muy claro: que el Congreso funcione de manera ordenada, responsable y con compromiso, y que no se vuelva un club de asistencia sin trabajo.
