El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir.
Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.
El Poder Judicial de la Federación podrá aplicar medidas de control que aseguren el respeto a los derechos humanos de los internos en el sistema penitenciario.
El Artículo 18° de la Constitución Mexicana tiene un objetivo claro: garantizar que el sistema penitenciario no sea solo un castigo, sino una oportunidad de reintegrarse a la sociedad. La idea es que las personas que cometen un delito puedan aprender, capacitarse y mejorar sus condiciones de vida mientras cumplen su condena, para que, al salir, tengan una nueva oportunidad y no vuelvan a delinquir.
El sistema penitenciario debe promover el trabajo, la educación, el deporte y la salud. Esto significa que dentro de las cárceles debe haber programas educativos y de capacitación laboral, así como actividades deportivas y atención médica adecuada. La meta es que las personas privadas de la libertad puedan aprovechar el tiempo para desarrollarse como individuos y, al salir, puedan reintegrarse sin problemas a la sociedad.
Otro aspecto fundamental es el trato digno y respetuoso hacia las mujeres privadas de su libertad. Ellas deben cumplir sus penas en espacios separados de los hombres, garantizando un ambiente seguro y adecuado para su situación particular. Esto es esencial para evitar cualquier tipo de violencia o discriminación dentro de los centros penitenciarios.
Además, el artículo asegura que el Poder Judicial Federal tiene la facultad de supervisar el respeto a los derechos humanos dentro de las cárceles. Esto significa que se pueden tomar medidas para garantizar que no haya abusos, torturas o violaciones de los derechos básicos de los internos. La justicia no debe significar sufrimiento innecesario ni pérdida de dignidad humana.
En resumen, el Artículo 18° promueve una visión de la justicia centrada en la reinserción social. En lugar de simplemente castigar, el sistema debe preparar a los internos para una vida mejor al salir, contribuyendo a que no vuelvan a cometer delitos y puedan vivir en paz con la sociedad.
