El Artículo 21° es como un mapa que nos dice quién hace qué cuando se comete un delito en México. Aquí se establece que la investigación de los delitos es responsabilidad del Ministerio Público y de la policía, pero siempre bajo la dirección del Ministerio Público. Es decir, los policías no pueden actuar por su cuenta, necesitan seguir las instrucciones del fiscal que lleva el caso.

También nos dice que solo un juez puede imponer penas por delitos. ¿Qué significa esto? Que ninguna autoridad administrativa, como un policía o un funcionario del gobierno, puede decidir meter a alguien a la cárcel o aplicarle una sanción penal por su cuenta. Eso solo lo puede hacer un juez, luego de un proceso legal.

Sin embargo, sí hay casos en los que las autoridades administrativas pueden imponer sanciones, como multas o clausuras, pero solo cuando se trata de faltas a reglamentos, no delitos. Por ejemplo, si alguien estaciona mal su coche o vende sin permiso en la vía pública, puede recibir una multa de parte del ayuntamiento.

El artículo también menciona que la seguridad pública está a cargo de la Federación, los estados y los municipios, y que todos deben coordinarse entre sí. Esto es importante porque garantiza que haya una estructura clara y colaborativa para mantener el orden y prevenir delitos, en lugar de que cada quien haga lo que quiera.

En resumen, el Artículo 21° deja bien claro que las investigaciones las dirige el Ministerio Público, las sanciones penales las imponen los jueces y las multas por faltas menores pueden ser aplicadas por autoridades administrativas. Así se evita que haya abusos y se garantiza un proceso legal justo y ordenado.

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