El Ejecutivo de la Unión podrá expulsar del territorio nacional, de manera inmediata y sin necesidad de juicio previo, a personas extranjeras cuya permanencia juzgue inconveniente.
Las personas extranjeras no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.
El Artículo 33° nos dice con todas sus letras: las personas extranjeras son bienvenidas en México, pero no pueden meterse en política. Este artículo deja claro quién es considerado extranjero (quien no tenga la nacionalidad mexicana según el Artículo 30) y les garantiza el respeto a los derechos humanos, igual que a cualquier otra persona.
Eso sí, aunque tienen derechos, también tienen límites. Uno de los más importantes es que no pueden participar en actividades políticas, como hacer campaña, opinar en debates electorales, organizar marchas con tintes partidistas o criticar públicamente al gobierno en asuntos internos. ¿Por qué? Porque las decisiones sobre México deben tomarlas los mexicanos.
Además, el Presidente de la República tiene la facultad de expulsar a un extranjero de inmediato y sin juicio previo, si considera que su presencia es peligrosa o inconveniente. Es una medida que se reserva para casos excepcionales, pero está prevista por la ley para proteger la soberanía nacional.
Esto no significa que se le falte al respeto a nadie ni que se limite la libertad de expresión. Un extranjero puede hablar de muchas cosas, convivir, trabajar, estudiar, pero no puede intervenir en decisiones políticas nacionales.
En resumen, el Artículo 33° marca un equilibrio: México recibe con los brazos abiertos a los extranjeros, pero les pide que respeten la vida política del país y que no interfieran en ella. Es una forma de cuidar que la voz que decide sobre México siga siendo la de su propio pueblo.
