Artículo 81.- La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral.
Este artículo va al grano y establece una regla de oro para la democracia mexicana: el Presidente o Presidenta de la República se elige mediante el voto directo del pueblo. Es decir, tú, yo y todos los ciudadanos con derecho a votar somos quienes decidimos quién ocupa la silla presidencial.
No hay intermediarios, no lo eligen los diputados ni el Senado, ni tampoco un consejo de sabios. Es el voto directo, como en una elección popular, lo que define al jefe o jefa del Poder Ejecutivo.
Además, el artículo aclara que todo lo relacionado con esa elección —cuándo se hace, cómo se organiza, quién puede competir, qué pasa si hay empate, etc.— debe regirse por lo que dice la ley electoral, es decir, por lo que establece el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Este artículo reafirma algo muy importante: el poder en México emana del pueblo, y la figura del Presidente no es impuesta por un grupo, sino electa por la mayoría.
