“La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, la cual distribuirá los negocios del orden administrativo del Poder Ejecutivo de la Unión, que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de organización de la Administración Pública Federal.”

“Los entes que integran la Administración Pública Federal deberán planear, programar, presupuestar, contratar, ejercer, controlar, evaluar y rendir cuentas de sus actividades en los términos que disponga la ley. La ley establecerá los mecanismos para garantizar la eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez en el uso de los recursos públicos.”

El Artículo 90 define cómo se estructura y organiza el Gobierno Federal para llevar a cabo su trabajo administrativo. Establece que existe una Administración Pública Federal, dividida en dos grandes partes: una centralizada, que depende directamente del Presidente, y otra paraestatal, formada por organismos como institutos, comisiones y empresas del Estado.

La forma en que estas entidades se organizan y distribuyen sus tareas está regulada por una Ley Orgánica que expide el Congreso. Esa ley determina, por ejemplo, qué hace cada Secretaría de Estado (como la de Salud, Educación, Economía, etc.).

Además, el artículo deja claro que todas estas dependencias deben actuar con responsabilidad: tienen que planear, presupuestar, rendir cuentas, y hacerlo con eficiencia, transparencia y honestidad. En otras palabras, el artículo exige que el aparato administrativo del gobierno funcione bien y sin corrupción.