Artículo 73.- El Congreso tiene facultad:
I. Para admitir nuevos Estados a la Federación;
II. Para formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes;
III. Para cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación;
IV. Para legislar sobre comercio, minería, industrias, trabajo, salud, energía, educación, telecomunicaciones, medio ambiente, migración, y muchas otras materias.
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Este artículo contiene más de 40 fracciones que detallan todas las facultades legislativas del Congreso.
Este artículo es uno de los más largos de la Constitución, y con razón: le dice al Congreso exactamente en qué temas puede intervenir y hacer leyes. Desde cosas muy generales, como comercio o educación, hasta temas más técnicos como radio, electricidad, pesca, ciencia, y hasta ciberseguridad.
El Artículo 73 deja claro que el Congreso tiene la autoridad para tomar decisiones importantes que afectan a todo el país, y que no puede salirse de esas áreas sin reforma constitucional.
Entre otras cosas, puede crear o modificar Estados, cambiar de lugar los poderes federales (por ejemplo, mover la capital), y establecer leyes sobre cómo deben funcionar las instituciones nacionales.
También puede expedir leyes generales que obligan a los Estados a armonizar sus propias leyes locales con las federales en ciertas materias, como salud, justicia penal o educación.
En resumen: este artículo marca el terreno de juego del Congreso, define hasta dónde puede llegar y en qué no debe meterse. Es esencial para que haya orden, equilibrio y claridad entre el poder federal y los poderes locales.
